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Campagne Zéro Expulsion

Desalojan a 40 familias de la Comunidad Quilmes

Titre:
Desalojan a 40 familias de la Comunidad Quilmes
Type d’expulsion:
en raison de travaux d’infrastructures et mégaprojets , en raison de conflits et luttes pour le droit à la terre , en raison de l’irrégularité du statut d'occupation
Zone géographique:
Amériques
Pays :
Argentina
Ville :
Colalao del Valle, Tucuman
Localité/Quartier:
ubicado sobre la ruta 40 -unos 500 metros antes de arribar a la localidad de Colalao de Valle
Nom de la communauté ou du noyau familial menacé d’expulsion:
Quilmes
Estimation du nombre de personnes affectées (en chiffres):
40
Statut d’occupation:
Occupants sans titre
Caractéristiques économiques:
Travailleur informel , Travailleur précaire , Chômeur
Caractéristiques sociales:
indigènes , migrants
Classe d’âge:
mineurs , adultes , personnes âgées
Historique et antécédents du cas:
A fines de julio, el juez de paz de Colalao del Valle, Adolfo Salazar, dictó una medida de desalojo en territorio de la Comunidad India Quilmes (CIQ). La Corte Suprema de Justicia de Tucumán había parado el desalojo y llamado a una conciliación. Pero la parte actora se negó a participar del encuentro, por lo que la medida podría ejecutarse en los próximos días. El fallo desconoce la existencia de la ley 26.160 y la preexistencia de los pueblos indígenas en la zona, lo que agrava aún más la decisión judicial.

La Comunidad Aráoz Hnos. -terratenientes de las zonas del Valle tucumano organizados bajo la fachada de una asociación civil destinada a la producción- pretende desalojar a unas 40 familias integrantes de la CIQ, las que a fines del mes diciembre de 2008 decidieron construir sus viviendas en un terreno que ya era utilizado ancestralmente para la recolección de leña y para el pastoreo de los animales.

La CIQ ocupó un terreno de 4 hectáreas aproximadamente, ubicado sobre la ruta 40 -unos 500 metros antes de arribar a la localidad de Colalao de Valle-. La Comunidad Araoz Hnos. dedujo un amparo a la simple tenencia, invocando para ello ser el último detentador del inmueble y alegando la propiedad sobre el mismo.

El juez de Paz de Colalao del Valle, Adolfo Salazar, llevó adelante un procedimiento -no libre de arbitrariedades- que culminó con la sentencia de desalojo, que luego fue ratificada en consulta por el Juez de Documentos y Locaciones de la III Nominación, Juan Carlos Peral.
Etendue des causes et degré de responsabilité au plan :
Local , National
Violations des articles de la législation internationale :
Convention internationale relative au statut des réfugiés (1951) , Convention internationale sur l'élimination de toutes les formes de discrimination raciale (article 5) , Convention internationale sur la protection des droits de tous les travailleurs migrants et des membres de leur famille , Convention 169 de l'Organisation Internationale du Travail ou Convention internationale relative aux peuples indigènes et tribaux , Convention internationale sur l’élimination de toutes les formes de discrimination à l’égard des femmes
Raisons motivant l’expulsion, officielles et officieuses:
Exite un largo litigio por las tierras entre la comunidad indígena y una persona que dice tener los derechos de propiedad, en un largo proceso judicial.

Lo más importante de la cuestión litigiosa está dado fuera del expediente judicial. Nuevamente medidas de desalojos son dictadas por jueces en todo el país, como si la legislación que protege a los pueblos indígenas no existiera. Con el agravante, en esta ocasión, que se niega hasta la propia existencia de los pueblos.
Principaux faits survenus en lien avec l’expulsion (dates et heure):
En un mega operativo que incluyó a unos 90 efectivos de la Policía de la provincia de Tucumán y por orden, al decir de los afectados, del juez de Paz, Adolfo Salazar, de la comuna de Colalao del Valle, fueron desalojadas unas 40 familias de la comunidad India Quilmes que viven en la entrada a esa localidad.
Los afectados optaron por no ofrecer resistencia y por tratar de recuperar las pertenencias que no fueron dañadas por las fuerzas policiales.

Cabe recordar que exite un largo litigio por las tierras entre la comunidad indígena y una persona que dice tener los derechos de propiedad, en un largo proceso judicial. egún los letrados, que asesoran a los integrantes de esta comunidad originaria, "existe la Ley Nacional 26.160 de ordenamiento territorial que prohíbe cualquier desalojo a los pueblos originarios de sus territorios por el término de cuatro años hasta que se culmine con un relevamiento territorial.
Las familias desalojadas permanecen en el lugar, junto con Eduardo Nieva, abogado representante de la CIQ, quien además es Cacique de la Comunidad Indígena de Amaicha del Valle

Una nueva orden de desalojo firmada por el juez Juan Carlos Peral,
Nom des autorités planifiant ou procédant à l’expulsion:
Policía de la provincia de Tucumán, empresas privadas
Nom des organismes impliqués, leurs points forts et leurs points faibles, la manière dont le problème est traitée par ces organismes:
Comunidades Quilmes del lugar
Nom des agences, des ONG ou des institutions d’entraide œuvrant dans la communauté:
INADI
Mesures prises ou propositions émises jusqu’à ce jour par la communauté, les agences ou ONG présentes pour lutter contre l’expulsion et/ou chercher d’autres solutions:
Carta de Solidariad del INADI.
Alternatives ou solutions possibles offertes ou proposées par les autorités locales ou nationales aux communautés concernées :
Aucune
Stratégies et futures mesures prévues ou à l’étude en vue de faire face à l’affaire en cours ou à d’autres cas d’expulsions:
Pedido de intervencion de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Dates clés prévues pour de futures mesures, actions ou évènements (préciser de quoi il s’agit et quand : jour, mois, année):
...
Auteur (Nom, adresse et responsabilité):
Francesco Venturin, voluntario AIH-SVE, Argentina
Organisme informant (à l’origine et en charge du cas):
Copenoa - Agencia de noticia del Norte Argentino, INADI, prensa local
Lien existant entre l’AIH et les organismes communautaires à l’origine et en charge du cas:
Autre
Date de la plainte:
17/09/2009
Mise à jour le:
Los violentos desalojos siguen en la comunidad, ultimo en fecha 5 de enero 2010.
Rédacteur:
Francesco Venturin
Notes:

Nota de la Pagina web Prensa indigena del 23 de diciembre 2009 tràs una nueva orden de desalojo - http://www.prensaindigena.org.mx/nuevositio/?p=19849

Nota de la Pagina web Los Indios Quilmes del 23 de diciembre 2009 - http://www.kilmesblog.com.ar/los-quilmes/el-desalojo-de-los-quilmes/303/

NOta de la Pagina web Argentina Indymedia del 23 de enero 2010 tràs un nuevo dsalojo en fecha 5 de enero con demoliciones de las casas y tala imdiscriminada de árboles dentro y fuera del predio; la zona ahora sigue custdiada por 3 policiales - http://argentina.indymedia.org/news/2010/01/716465.php

A seguir la Carta de Solidaridad del INADI:

INADI Tucumán comunica

DERECHO DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS

Tucumán 24/11/2009- Desde la Delegación Tucumán de INADl se observa con
profunda preocupación la decisión tomada por el juez Juan Carlos Peral (Juez
del Juzgado Civil en Documentos y Locaciones de la IIIº Nominación) quien dictó
el pasado 4 de Noviembre, una nueva orden de desalojo en contra de las
familias comuneras de Colalao del Valle( Tucumán ), la que llevaría a cabo en
los próximos días con intervención de la policía de la provincia, de la misma
manera que se realizó la vez anterior, donde la medida alcanzó la destrucción
de las viviendas de los habitantes de la comunidad, dejando familias enteras
sin hogar.

La preocupación suscitada en el INADI se genera por interpretar en este caso,
que no se está aplicando la normativa vigente, específicamente la ley Nº
26.160, aprobada a comienzos del 2006, que declara “La emergencia en materia
de posesión y propiedad de las tierras de las comunidades indígenas”.

La norma antes descripta, ordena la suspensión de la ejecución de sentencias,
actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación
de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas
originarias del país. Esta “prohibición de desalojo” es por un período de 4
años.

Esta acción viene a sumarse y a agravar el conflicto social al que están
sometidas nuestras comunidades en el marco del salvaje asesinato del que fuera
víctima comunero Javier Chocobar , el pasado 12 de Octubre, que todavía
continúa en proceso de investigación,
Dicha medida, lesiona de igual manera el derecho a la igualdad, porque no se
le reconoció a lo/as comunero/as la posibilidad de defenderse como miembros de
la Comunidad Indígena, lesionando también el principio de no discriminación en
los términos de la Ley Nº 23.592.

La Argentina como Estado- Nación, es pluricultural y como tal debe garantizar
el pleno acceso a la Justicia para los Pueblos Originarios y el reconocimiento
del pluralismo jurídico. De esta manera el Poder Judicial, como pilar del
estado democrático, debe impartir Justicia eficaz y respetar las garantías
individuales, colectivas y las diferencias culturales y étnicas. El
reconocimiento de la existencia de los derechos indígenas, conforma en la
práctica la existencia del pluralismo jurídico.

De esta manera, la garantía de acceso a la Justicia para los Pueblos Indígenas
significa que se conozcan y respeten sus sistemas normativos, así también sus
usos y costumbres.

El objetivo del INADI, es aportar a la
conformación de un estado plurinacional, pluricultural y plurilingüe, para
profundizar la democracia participativa comunitaria, la recuperación de las
formas de vida y los valores comunitarios y el reordenamiento territorial con
autonomía de gestión. Esto implica construir una sociedad con pertinencia
cultural, crítica, participativa, equitativa, democrática e intercultural, sin
discriminación ni exclusiones.


El INADI tiene a disposición la línea telefónica gratuita 0-800-999-2345
durante las 24 horas para brindar un servicio de asesoramiento sobre actos de
discriminación.
INADI / Tucumán- Avenida Gobernador del Campo 11- San Miguel de Tucumán -
Teléfono 0381 4307397 - e mail tucum...@inadi.gov.ar