La Nueva Agenda Urbana en Argentina
Este documento pertenece al espacio de trabajo HABITAR ARGENTINA: Iniciativa Multisectorial por el derecho a la tierra, la vivienda y el Habitat , un ámbito plural donde hemos confluido distintos sectores, legisladores, académicos, organizaciones sociales, conscientes de la necesidad de abordar de manera integral el problema del Hábitat.
* En la elaboración del presente documento han participado el Programa Ciudades (CIPPEC), la Catedra de Planificaciòn Urbanistica (FAU-UCU) de Concepción del Uruguay-Entre Rios, Fe.De.VI., Alianza Internacional de Habitantes (AIH), Madre Tierra, FOTIVBA, Asociación Mutual SEIS de Diciembre, IIPAC - FAU - UNLP (Instituto de Investigaciones y Políticas del Ambiente Construido, Facultad de Arquitectura y Urbanismo, Universidad Nacional de La Plata), MOI de Tierra del Fuego y Radio comunitaria Ka Trinchera (Ushuaia), INVIHAB - FAUD –UNC, Córdoba.
Introducción
El propósito de la Comisión de Seguimiento de Hábitat 3, en el marco de Habitar Argentina, es facilitar el monitoreo de la implementación de la Nueva Agenda Urbana y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible por parte del Estado argentino (en sus escalas nacional, provinciales y municipales) y apoyar la formulación y el impulso a iniciativas y propuestas de incidencia legislativa por parte de Habitar Argentina.
La tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre Vivienda y Desarrollo Urbano Sustentable (Habitat III o H3 ) tuvo lugar en Quito en octubre de 2016. El documento elaborado a lo largo de 3 años de deliberaciones y que fue finalmente aprobado por los representantes de los gobiernos de todos los países participantes es la Nueva Agenda Urbana , sostiene el propósito de “reforzar el compromiso global con la urbanización sustentable, sobre la base de la Agenda de Habitat de Estambul, 1996 (Habitat II)”. En palabras de los organizadores, se procura “aprovechar el potencial de las ciudades y los asentamientos humanos para contribuir a erradicar la pobreza en todas sus formas y dimensiones, reducir desigualdades, promover crecimiento incluyente y alcanzar un desarrollo sustentable ”.
Antes de Habitat III y en reemplazo de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (cuya vigencia finalizó precisamente en 2015), la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó los siguientes 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible(ODS) para el actual período 2016-2030:
(1) Erradicación de la pobreza;
(2) Lucha contra el hambre;
(3) Buena salud y bienestar;
(4) Educación de calidad;
(5) Igualdad de género;
(6) Agua potable y saneamiento;
(7) Energías renovables;
(8) Empleo digno y crecimiento económico;
(9) Innovación e infraestructuras;
(10) Reducción de la desigualdad;
(11) Ciudades y asentamientos humanos sostenibles ;
(12) Consumo responsable;
(13) Lucha contra el cambio climático;
(14) Flora y fauna acuáticas;
(15) Flora y fauna terrestre;
(16) Paz y justicia y
(17) Alianzas para el logro de los objetivos.
“Esta Nueva Agenda Urbana es el primer paso para operacionalizar el desarrollo sustentable, de un modo integrado y coordinado en niveles global, regional, nacional, subnacional y local” (…) “La implementación de la Nueva Agenda Urbana guiará el logro del Objetivo de Desarrollo Sustentable 11 de construir ciudades y asentamientos humanos inclusivos, seguros, resilientes y sustentables , así como otras metas y objetivos relevantes a través de toda la Agenda 2030 para el Desarrollo Sustentable” .
El Secretario General de H3, Joan Clos, afirmó que este propósito apunta a instalar un ‘cambio de paradigma’ (concepto que no fue finalmente incluido en la versión revisada del Borrador Cero de H3) en el que la calidad de la urbanización está muy relacionada con (es un instrumento y un vehículo de) la calidad del desarrollo . Ese paradigma es nuevo – argumenta Clos – porque la ciudad y la urbanización habían sido vinculadas en el pasado a la equidad, al derecho a la ciudad “pero no a la resolución de los problemas del desarrollo (particularmente, los desencadenados ‘desde la crisis de 2008)”.
El ODS 11 se refiere específicamente a las ciudades y asentamientos humanos en general, a los que pretende ‘inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles’. Es claro que – mirado desde la integralidad y la continuidad sistémica del objeto y de la función “ciudad’ – este Objetivo se vincula directamente al menos con el Objetivo 9 : Construir infraestructuras resilientes, promover la industrialización inclusiva y sostenible y fomentar la innovación; con el Objetivo 6 : Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos; con el Objetivo 3: Salud y Bienestar y con el Objetivo 4 : Educación de Calidad. También se vincula – acaso de modo más indirecto, dependiendo del marco conceptual y de los estilos de desarrollo adoptados o desplegados - con al menos otros 8 de los 17 ODS.
El modo en que estos ODS son enunciados remeda una estructura sectorial (canónica) de un Ministerio (o de cualquier unidad de gobierno nacional o o federal de alto nivel) Así, se plantean, formulan y/o enuncian como separadas – nada menos que en los Objetivos de Desarrollo Sostenibley sobre todo cuando se enfatiza la necesidad de la planificación territorial y su monitoreo como condición de factibilidad de las reformas propuestas - metas que convergen en la construcción y significación del mismo ‘objeto técnico’ y en la puesta en marcha del mismo y único proceso de producción del espacio y producción del hábitat.
Es radicalmente claro que un número creciente de todas estas cuestiones (y sus interrelaciones recíprocas y simultáneas) ocurren, se dirimen y se resuelven en las ciudades, artefactos técnicos que albergarán a no menos del 70% de la población mundial en 2050. Todas tienen que ver con (a) la organización social de los componentes fundamentales de la geometría del espacio territorial: las localizaciones geográficas y la gestión de las distancias relativas y con (b) la distribución social de la calidad de los espacios urbanos y territoriales entre los diferentes miembros de las estructuras sociales.
El que los ODS sean enunciados ‘en sus propios términos’, como si se tratasen de entidades (sectores) independientes, obtura el tratamiento sistémico de la dimensión que los contiene, explica, especifica y vincula a a todos – la urbanidad - y puede (suele) justificar operaciones fragmentadas e intervenciones dislocadas entre sí.Los principios que orientan la NAU – Compacidad, Conectividad (capacidad de establecer conexiones), Inclusividad, Integración, Sustentabilidad – y los del ODS 11 completan un conjunto de definiciones circulares: conceptos cuya conexidad temática y semántica los define recíprocamente, cualquiera de ellos en función de cada uno de los otros.
La Nueva Agenda Urbana y los Objetivos de Desarrollo Sustentable que componen la Agenda 2016-2030 de las Naciones Unidas sintetizan los principales conceptos a los que los gobiernos firmantes de ambas declaraciones procurarán ajustar sus políticas y planes de vivienda, hábitat y desarrollo urbano en los próximos años.
Dado que los significados de cada uno de esos conceptos no son unívocos, la definición de las estrategias, los actores y los instrumentos a través de los que se implementarán las políticas públicas es uno de los puntos centrales de los debates temáticos y políticos a establecer.
En verdad, las metas del ODS 11 no tienen que ver tanto con las ciudades y los asentamientos humanos en tanto objetos técnicos sino esencialmente con (la orientación hacia y el manejo de) la pobreza y la desigualdad social o, en todo caso, con los mecanismos sociales y políticos que reproducen las manifestaciones y expresiones espaciales de esa pobreza y esa desigualdad.
Los Objetivos de Desarrollo Sustentable y la Nueva Agenda Urbana no hablan de esos mecanismos de producción y reproducción de la desigualdad, de la pobreza ni del hábitat de la pobreza (la interacción entre el crecimiento de la informalidad económica y territorial, la creciente inequidad y segregación urbana y residencial, la reducción progresiva de la accesibilidad territorial y la provisión de infraestructura y servicios urbanos, el aumento del riesgo físico-ambiental y la vulnerabilidad social, la concentración relativa de los recursos públicos en la ‘ciudad formal y consolidada’, el deterioro de los mecanismos de acceso a una vivienda adecuada (tierra, créditos) para los más pobres y, sobre todo, la preeminencia de la lógica de los mercados inmobiliarios
Esta Comisión se propone analizar en detalle de qué modo los principales planes e instrumentos de política urbana del gobierno argentino (Plan Nacional de Vivienda, Plan Nacional de Hábitat, Decretos de regularización de villas de emergencia, Código Urbanístico de la CABA y en general, las políticas de tierras públicas, etc.)despliegan aquellos mismos conceptos centrales. Los significados que esos documentos atribuyan a conceptos claramente polisémicos (tales como “sustentabilidad”, “seguridad”, “inclusión”, “inclusividad”) se expresarán en las estrategias e instrumentos de política que en ellos se propongan. Será sobre éstas estrategias e instrumentos que podrán centrarse los debates para intentar orientar las políticas territoriales, considerando las problemáticas particulares de cada una de las regiones de nuestro país.
Tanto la Ley de Acceso Justo al Habitat como el Consenso Nacional para un Hábitat Digno (CNHD) son iniciativas que están jaqueadas por interpretaciones (en el caso de que quieran ocultarlas) o por medidas que van en contra de su implementación.
El que aquí se presenta es un breve ejercicio inicial para analizar de qué modos las palabras clave que componen el núcleo de la Nueva Agenda Urbana y las que enuncian el Objetivo de Desarrollo Sustentable N.º 11 son aludidas, tratadas, expresadas o reflejadas en las principales ideas y propuestas del CNHD. En lo que sigue, se muestra en qué párrafos del CNHD se refleja cada una de las palabras clave de la NAU y el ODS 11. Próximas versiones del CNHD deberán considerar especialmente los nuevos escenarios que se abren e incluir aquellos temas que no estén siendo considerados o abordados todavía.
Reinterpretando conceptos de las agendas internacionales hacia el hábitat digno
ODS11 _ Conseguir que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles
NUA _ ciudad compacta, inclusiva, participativa, resiliente, segura, sostenible. Líneas para construir estos conceptos en el contexto de Argentina, a partir del Consenso Nacional para un Hábitat Digno:
1. Principios rectores para el diseño e implementación de políticas territoriales integrales
Las políticas territoriales en ejecución en gran parte de las provincias y ciudades argentinas son fragmentarias, fuertemente tecnocráticas y están divorciadas tanto de la estructura social sobre la que se apoyan como de los procesos socioespaciales reales que deben conducir. Las políticas de vivienda deben articularse con las de gestión territorial a partir de una visión integral de las problemáticas y de las estrategias de acción. Es necesario modificar el enfoque tradicional que disocia la acción pública del funcionamiento de los mercados inmobiliarios para garantizar con eficacia la defensa de los derechos y los intereses colectivos.Los instrumentos y políticas públicas de ordenamiento territorial urbano y rural deben incorporar y materializar el principio de la Función Social de la Propiedad (consagrado en la Constitución Nacional desde 1994) de modo que modifique el marco normativo tradicional fundado en una matriz de derecho individualista que obstaculiza el desarrollo de políticas inclusivas en materia de hábitat. Así, debe reconocerse el derecho real a la propiedad comunitaria a los sujetos y comunidades campesinas, sobre aquel espacio físico en el que se desarrolla su sistema de vida, tal como se define en el proyecto de “Declaración de los derechos de campesinas y campesinos” que se discute en la ONU. Las normas que se sancionen y los instrumentos que se diseñen e implementen deben reconocer las especificidades del territorio campesino. El mismo está comprendido por el monte, el río, la flora y la fauna, con los que convive y de los cuales vive la comunidad. Este territorio y no se restringe al terreno mensurado, sino que está definido por una compleja trama cultural que abarca la historia, la toponimia, las tradiciones y de elementos identitarios que determinan modalidades diversas de producción del hábitat. Es importante que se cumplan las obligaciones nacionales e internacionales asumidas para la adecuada protección de los derechos de los pueblos indígenas. Para esto es prioritario, primero, agilizar el relevamiento de sus territorios tradicionales, compromiso que requiere una fuerte voluntad del Estado nacional y las provincias. Segundo, acompañar este proceso de la efectiva titulación de los territorios indígenas de la forma en la que estos pueblos consideren adecuada. Y, tercero, implementar en conjunto con las comunidades indígenas medidas que garanticen sus derechos a la consulta y consentimiento previo, derechos que, a suvez, constituyen herramientas de protección para su forma de vida y producción tradicional.
2. Políticas públicas de regulación y redistribución de rentas en los mercados de suelo
El mercado de suelo opera a través de mecanismos que producen un territorio urbano y rural económicamente desigual, socialmente excluyente, espacialmente segregado y ambientalmente insostenible. A pesar de ello, las políticas territoriales estructuran sus decisiones y sus regulaciones desde una perspectiva que naturaliza la lógica de la renta especulativa del suelo. Por ejemplo, el último censo revela que en 2010 existían en el país aproximadamente 750.000 unidades de vivienda desocupadas y especulativas de las cuales casi un 40% se localizaban en la CABA, los municipios del GBA, Rosario y Córdoba. Adicionalmente, el avance de la urbanización (generalmente de baja densidad y alta valorización como barrios privados y cerrados) sobre territorios destinados a las producciones regionales, contribuye a la retracción de la superficie productiva en los sectores peri y suburbanos y expulsa a los obreros rurales y sus familias. Una política basada en la equidad y la sostenibilidad demanda el diseño e implementación de normas e instrumentos orientados a reducir las expectativas especulativas, sancionar y gravar progresivamente la retención de inmuebles (sin uso ni destino real de alquiler o venta) y repartir equitativamente las cargas y los beneficios de los procesos de urbanización. Se deben establecer mecanismos específicos para el acceso a tierra a familias rurales, a través de sistemas de bancos de tierra, compra preferencial del Estado u otros. Estos terrenos deberán contemplar la unidad económica productiva según región y, en el caso de familias periurbanas, espacios que permitan la producción agrícola y de granja para el autoconsumo y/o la comercialización local.
3. Regulación del mercado de alquileres
El alquiler residencial es la forma de tenencia que más creció en el país: entre 2001 y 2010 pasó del 11 al 16% de los hogares registrándose cifras del 25 al 30% en las grandes ciudades. En forma paralela, un número importante de hogares no pudieron acceder al alquiler por las rígidas limitaciones que este sistema impone, agravadas por las fuertes desigualdades y abusos en las relaciones entre propietarios e inquilinos, tanto en el mercado formal como en el informal. Esto explica, por un lado, el marcado engrosamiento de los casos de hacinamiento ó convivencia familiar y, por el otro, el crecimiento de los hogares de las franjas de menores ingresos, para los que solo resultan accesibles distintas formas de tenencia informal. Es necesario ejecutar una política de locación social y aprobar un nuevo marco normativo orientado a ampliar las opciones de acceso a una vivienda digna. El alquiler social debe ser parte articulada de las políticas habitacionales y urbanas del país y debe incluir, entre otros mecanismos, medidas de facilitación de acceso a garantías y un sistema de subsidio social destinado a los hogares no propietarios de escasos recursos que presenten un alto nivel de vulnerabilidad. Un nuevo marco legal que remplace la actual Ley 23.091 debe centrarse en una perspectiva de derechos que reduzca los incrementos de costos debidos a la intermediación (comisiones y honorarios), que elimine los abusos en las exigencias que le son requeridas a los inquilinos para acceder a la vivienda (garantías personales y reales) y en las clausulas que definen las responsabilidades de las partes trasladando las obligaciones del locador al inquilino. Debe asegurar la adecuada habitabilidad de las edificaciones y regular el precio de transacción a través de valores testigos o de referencia. Además es necesaria la implementación de una mesa de concertación que así como la “mesa de salario mínimo” y las paritarias salariales acuerden precios estándar de los alquileres y sanciones e impuestos progresivos para quienes retengan inmuebles sin alquilar.
4. Producción social del hábitat
Con diversas estrategias de autogestión (individual y colectiva), emanadas de prácticas y saberes acumulados a lo largo de décadas, los sectores populares enfrentaron las restricciones de acceso a un hábitat digno y las compensaron en parte con el fin de mejorar su calidad de vida. La riqueza y vitalidad de este acervo cultural amerita un profundo apoyo por parte del Estado para garantizar su sostenibilidad, a través de instrumentos que atiendan a los modos específicos de la producción social del hábitat y que, de esta manera, transformen acciones reivindicatorias de derechos en políticas públicas capaces de trascender la lógica de la producción mercantil. En este marco, los asentamientos informales urbanos y periurbanos constituyen un tipo específico de configuración socio-territorial que debe ser reconocida y abordada de modo integral por el Estado, a través del despliegue articulado de un conjunto de políticas públicas diversas. Para ello se debe asegurar, a través de un banco de tierra fiscal para el hábitat, que los poseedores legítimos tengan los derechos posesorios para la comercialización y/o transferencia de lo construido, mientras el Estado conserva el derecho real de dominio y regula los usos posibles de dichas tierras. Será complementario establecer un sistema nacional de financiamiento y asistencia técnica, interdisciplinaria y pública para la mejora del hábitat popular destinado a familias de bajos recursos con déficit habitacional urbano y rural y que no sean consideradas sujetos de crédito por la banca formal. Por último, debe modificarse estructuralmente la Ley Nacional Nº 24.464 “Sistema Federal de la Vivienda” e incluir que del total de recursos que recibe cada jurisdicción, se destine como mínimo un 10% a programas de viviendas rurales, especialmente para agricultores familiares en sus lugares de residencia.
5. Seguridad en la tenencia y regularización de tierra urbana y rural
Según el Censo 2010, aproximadamente un 15% de los hogares argentinos vivía en un inmueble informal y, en ese contexto, la dinámica que presenta la densificación de las villas y las tomas de casas y terrenos parece lejos de disminuir. Los más recientes datos producidos por organizaciones de la sociedad civil dan cuenta de que existen en Argentina al menos 1.800 asentamientos urbanos informales, donde habitan más de 500 mil familias, con inseguridad en la tenencia de la tierra y sin servicios básicos regulares. Las condiciones de informalidad e inseguridad en la tenencia, tanto en el ámbito urbano como rural, componen escenarios de vulneraciones de derechos, frecuentemente encuadradas en violentos desalojos por parte de redes de ilegalidad ligadas a diversas actividades económicas (desde la narco-criminalidad hasta el monocultivo) que disputan el territorio. En este contexto, resulta indispensable desarrollar políticas y programas más amplios de regularización de la tierra urbana y rural al mismo tiempo que se garantice la tenencia segura. Esto requiere, entre otras cuestiones, reducir los plazos exigidos para adquirir el dominio mediante la figura de la prescripción. En los ámbitos provinciales es necesario que los poderes ejecutivos faciliten y agilicen los trámites administrativos y que los poderes judiciales acorten la duración de los procesos y eliminen los obstáculos que sufren las comunidades para obtener la prescripción. De tal forma, se debe promover la aprobación de una Ley Nacional que declare la emergencia habitacional, de marco para la suspensión de los desalojos tanto de la vivienda única y familiar como los de los territorios campesinos, refuerce los programas nacionales de regularización urbana y rural y contemple el apoyo económico, técnico, social y administrativo a los complejos procesos que estos implican para la población campesina y de asentamientos urbanos. La norma deberá disponer un relevamiento a nivel nacional de los conflictos de tierra rural y garantizar una abreviada titulación a nombre de sus poseedores tradicionales con la participación activa de las comunidades en respeto sus sistemas de vida. Asimismo, se debe profundizar la aplicación de la ley 26.160, sobre territorios indígenas, de modo de modificar prioritariamente los mecanismos de articulación entre las provincias y la Nación, garantizar la participación y consulta previa de las comunidades indígenas e implementar normativa complementaria que garantice la titulación de estos territorios a nombre de éstas conforme sus costumbres y prácticas ancestrales.
6. Procedimientos democráticos en casos de desalojos
Con frecuencia, los operativos de desalojos son situaciones que concentran violaciones a los derechos humanos tanto por la actuación de las fuerzas de seguridad como por el nivel de exposición de las personas involucradas. Frente a esta situación, se debe incluir en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación mecanismos que hagan operativos los contenidos de la Observación General N° 7 Consenso Nacional para un Hábitat Digno del Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales de la ONU. Específicamente:
- Audiencia previa en los desalojos de grupos con citación del Gobierno local para encontrar una solución consensuada.
- Relevamiento social previo antes de ordenar el lanzamiento para verificar si las personas están en condiciones de proveerse una alternativa habitacional (preservando el derecho de no autoincriminación y sin discriminación como posibles beneficiarios aplanes sociales y de vivienda).
- Obligación del Juez de informar a las personas afectadas por el desalojo la fecha y hora del lanzamiento y de hacerse presente en el acto para verificar el cumplimiento de la orden y el respeto de los derechos humanos de las personas afectadas por la medida.
- Garantizar el derecho a una defensa efectiva.
- Cuando las personas a desalojar no estén en condiciones de proveerse una vivienda, el Juez deberá citar al Gobierno Nacional y Local para que provean una solución habitacional alternativa, suspendiendo el lanzamiento hasta que se acredite en autos el cumplimiento de esta medida.
- Modificar los artículos 680 bis y 684 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para que garanticen el debido proceso legal. - Reformar el artículo 181 del Código Penal para evitar que sea utilizado para criminalizar a las personas sin techo y derogar el artículo 238 bis (restitución anticipada del inmueble en sede penal).
- Modificar el Artículo 6 de la Ley 26.589 para establecer la mediación obligatoria en los juicios de desalojo. Diferentes principios y políticas desarrolladas sobre conducción política y regulación de la actuación policial ante multitudes (como protestas sociales y otras manifestaciones públicas) deben ser aplicados, con especificidades, a las situaciones de desalojo. Los operativos deben orientarse a garantizar la seguridad de todas las personas y asegurar las condiciones para la gestión política de los problemas de fondo presentes en el conflicto.
7. Seguridad democrática para un hábitat digno
La reducción de la violencia, la previsibilidad de la vida cotidiana y la libre circulación son condiciones básicas para un hábitat digno. En la Argentina, las políticas de seguridad contribuyeron a configurar un hábitat excluyente, que focaliza la punitividad sobre los habitantes de los barrios pobres, a los que se ha desprovisto de seguridad. Las zonas con peores condiciones habitacionales son también aquellas en las que se concentran los abusos policiales y en las que más se sufren formas diversas de violencia. Los dispositivos de seguridad configuran obstáculos materiales y simbólicos que limitan la circulación y obturan el acceso a bienes y servicios desigualmente distribuidos en la ciudad. Entre otras iniciativas, se requiere: - que las políticas de seguridad de despliegue territorial estén orientadas a brindar seguridad a los habitantes de los barrios y se articulen con otras políticas públicas para fortalecer la inclusión; - formar a los funcionarios policiales para el trabajo de proximidad en interacción comunitaria, que reconozcan a los vecinos como ciudadanos; - el ejercicio del gobierno y el control político del trabajo policial en relación con comunidades sobre las que suelen focalizarse abusos; - modificar normativas que generan oportunidades para el abuso de facultades policiales en el espacio público.
8. Participación y acceso a la información La gestión democrática del territorio es un proceso de toma de decisiones que asegure la participación activa y protagónica de los ciudadanos y, en especial, de las organizaciones y asociaciones civiles que forman parte del entramado social. Para garantizar esto debe ser obligatorio que los organismos públicos utilicen las herramientas adecuadas (como instancias multi-actorales formalizadas, debates, audiencias y consultas públicas) y que aseguren el acceso y consulta de la información necesaria para la participación efectiva de la población. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los diferentes procedimientos y también a exigir el cumplimiento de la legalidad, mediante el ejercicio de acciones y derechos ante los órganos administrativos y judiciales.
9. Acceso universal a los equipamientos sociales y servicios básicos
Los procesos de desarrollo urbano de las ciudades argentinas, se distinguen por la incapacidad estructural que tuvieron históricamente para producir infraestructuras y equipamientos básicos asequibles de manera universal para todos los sectores sociales. Esta incapacidad fue particularmente notable en los momentos de rápido crecimiento físico y demográfico que ensancharon las brechas entre oferta y demanda de servicios e incrementaron las carencias, especialmente de la población de menores recursos y de colectivos tradicionalmente excluidos, como las personas con discapacidad. Frente a esta situación, durante la última década el Estado reasumió un rol activo a través de diversas políticas, en particular a través de la inversión en obra pública que tuvo un alto impacto en la estructura territorial de las ciudades (especialmente medianas y grandes). Por ello, se hace imprescindible continuar y fortalecer el financiamiento para la construcción de redes de infraestructuras y servicios, con especial atención al transporte público de pasajeros, que permitan mejorar la calidad de vida de la población, generar condiciones básicas de inclusión social, proteger el ambiente y densificar las áreas urbanas para reducir las dinámicas de expansión predatorias.
10. Política crediticia para todos los sectores sociales
Desde sus orígenes la producción de vivienda social en la Argentina ha tenido dos formas principales de operar: la construcción de complejos con unidades estandarizadas, completas y llave en mano impulsada por las cámaras empresarias del sector y el lanzamiento de líneas de crédito hipotecario promovidas por las entidades financieras. En diferentes momentos de la historia el crédito fue una herramienta importante pero solo atendió a los sectores con capacidad de ahorro y con empleo formal. En escenarios de inseguridad y precariedad laboral, la política crediticia tiene un muy limitado campo de acción en la medida que vastos sectores de la población no pueden ser sujetos de préstamo. Por otro lado, las asimetrías de información existentes entre el sistema financiero formal y los sectores medios o medios pobres demandantes, sumadas a que se desconfía de estos últimos, reducen las posibilidades de ampliación de los préstamos. En este sentido, el crédito debe ser considerado como un valioso recurso complementario al resto de las herramientas de política pública pero nunca su instrumento principal. Una robusta política hipotecaria debe tener en cuenta el ajuste salarial para su actualización y estar articulada con incentivos a la construcción de viviendas. Debe incluir además medidas de intervención estatal en los mercados inmobiliarios ya que la evidencia muestra que el estímulo a la demanda a través del crédito genera expectativas y comportamientos especulativos en los agentes del mercado que aumentan artificialmente los precios perjudicando a los más necesitados.
Alertas
Los temas que las agendas multilaterales que no están planteando son:
- Procedimientos democráticos en casos de desalojos
- Articulación de las políticas de vivienda con gestión territorial y protección ambiental
- Regulación de los mercados de suelo
- Enfoque de género
- Función social de la propiedad
- Propiedad comunitaria y campesina
Los temas de agendas multilaterales a desarrollar por el CNHD
- Resiliencia de los territorios , no tiene que ver con la mirada ecologista del mundo verde y sano y debe trascender la reducción a acciones de mitigación frente al cambio climático. El gran aporte del CNHD tiene que ver con poner en agenda el rol de los patrones de ocupación del suelo que aumentan la vulnerabilidad social y construyen las situaciones de riesgo (por ejemplo, la ocupación de humedales en el AMBA)
- Fortalecer el concepto de participación , trascender los mecanismos consultivos para enfocarlo y desarrollarlo en el sentido de la gestión democrática.
Desafíos
¿Cómo incorporar a la política nacional los temas que plantea el CNHD?
- vínculo entre hábitat y modelo de desarrollo
- visión integral del hábitat urbano y rural
¿Cómo consolidar al CNHD como referente de las políticas de hábitat en Argentina?
- desarrollar todos los contenidos propuestos en las agendas
- superar el determinismo espacial y trascender las definiciones genéricas
Documentos Consultados
Habitar Argentina (2016) Consenso Nacional para un Hábitat Digno